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Ordenan libertad inmediata de Álvaro Uribe hasta que sea definida su sentencia

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La corte revocó la medida que había ordenado la jueza Sandra Heredia contra el exmandatario.
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El Tribunal Superior de Bogotá, en Colombia, falló una tutela a favor del expresidente Álvaro Uribe Vélez y ordenó su libertad inmediata, al menos hasta tanto se defina la decisión en segunda instancia sobre su condena, que le fue dictada por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

De esta manera, informó el tribunal, se revoca la medida que había ordenado, el pasado 1 de agosto, la jueza penal 44 del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, contra el exmandatario, cuando le dictó condena, en primera instancia, a 12 años de prisión domiciliaria.

"Dejar sin efecto el numeral cuarto del fallo proferido el 1° de agosto de 2025, por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, en cuanto ordenó la privación inmediata de la libertad del ciudadano Álvaro Uribe Vélez; hasta tanto la correspondiente sala de decisión penal, de este Tribunal, defina el recurso de apelación interpuesto contra esa determinación de primera instancia. En consecuencia, disponer que el juzgado accionado de manera inmediata, expida la boleta de libertad a favor del tutelante", dice la decisión judicial.

Uribe reacciona

Tras conocerse la medida judicial, el expresidente colombiano se pronunció en redes sociales para expresar agradecimiento por el dictamen. 

"Gracias a Dios, gracias a tantos compatriotas por sus expresiones de solidaridad. Cada minuto de mi libertad lo dedicaré a la libertad de Colombia", escribió el exmandatario en su perfil de X.

Decisión previa

En su fallo, Heredia ordenaba cumplimiento inmediato de la pena, pese a la apelación de la defensa, y que esta se cumpliera en Rionegro, en el departamento de Antioquia, donde Uribe tiene su finca, en el sector conocido como Llanogrande.

"Basándonos en el criterio jurisprudencial y sabiendo que Álvaro Uribe Vélez es merecedor de la prisión domiciliaria, ha de advertirse que se hace necesario que el acusado inicie la ejecución de su sanción previo a que la decisión proferida cobre firmeza, al superarse con creces los requisitos nominales de necesidad, tal como se procede a analizar", señaló entonces.

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